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Guía del comprador · Lectura · 2 min

Guía para compradores neerlandeses en la Costa del Sol — 2026

La guía completa para ciudadanos neerlandeses que compran propiedad en la Costa del Sol en 2026: derechos de libre circulación en la UE, tipo IRNR del 19% con deducción íntegra de gastos, el tratamiento único del Box 3 holandés para inmuebles españoles, el CDI Países Bajos-España, la exención proporcional (evenredige vrijstelling) y el erfbelasting holandés.

Updated 2026-06-08
Última verificación de Roccabox: 2026-06-08
Cruzado con: Boletines oficiales españoles, Asesoría fiscal oficial, Banca central española, , Administración autonómica

Esta guía está redactada para ciudadanos neerlandeses que compran propiedad en la Costa del Sol en 2026. Los compradores neerlandeses tienen un perfil fiscal distintivo: el sistema holandés de impuesto sobre el patrimonio Box 3 crea consideraciones que no se aplican a ninguna otra nacionalidad, mientras que la pertenencia a la UE proporciona las mismas ventajas que los compradores alemanes: tipos más bajos de IRNR, deducción de gastos de alquiler y libre circulación sin restricciones.

Libre circulación en la UE

Los ciudadanos neerlandeses, como ciudadanos de la UE, tienen libre circulación en España. Si planean permanecer más de tres meses, deben inscribirse como residentes comunitarios en la Oficina de Extranjería. Tras cinco años de residencia legal continuada, la residencia permanente es automática.

IRNR al 19% con deducción íntegra de gastos

Los no residentes neerlandeses tributan al 19% de IRNR (tipo UE). Para propiedades no alquiladas: renta imputada del 1,1% o 2% del valor catastral × 19%, declarada anualmente mediante Modelo 210. Para alquileres: 19% sobre beneficio neto tras deducir gastos permitidos (intereses hipotecarios, IBI, cuotas de comunidad, seguros, mantenimiento, amortización). La deducción de gastos no está disponible para no residentes no comunitarios.

Box 3 — el tratamiento único del patrimonio holandés

Los residentes fiscales neerlandeses deben declarar sus activos mundiales en el Box 3 del IRPF holandés, incluyendo los inmuebles españoles a valor de mercado a 1 de enero de cada año. En 2026, el tipo efectivo sobre inmuebles en Box 3 es aproximadamente el 2,18% del valor de mercado (36% × 6,04% de rendimiento presunto). Sin embargo, el CDI Países Bajos-España obliga a conceder la exención proporcional (evenredige vrijstelling met progressievoorbehoud): la parte del Box 3 atribuible al inmueble español se exime del impuesto holandés. Esta exención debe solicitarse expresamente en la declaración — no se aplica automáticamente. El progressievoorbehoud puede aumentar marginalmente el tipo aplicable a los activos holandeses restantes.

Plusvalías al vender

El comprador retiene el 3% del precio de venta (Modelo 211). La plusvalía final tributa al 19% en España (Modelo 210). Los Países Bajos no tienen derecho de gravamen sobre las ganancias de inmuebles españoles según el CDI.

Erfbelasting y herencias españolas

No existe CDI de herencias entre Países Bajos y España. Los residentes neerlandeses tributan sobre herencias mundiales. Principales exenciones 2026: cónyuge aprox. €800.000; hijos €25.000 por progenitor. El ISD pagado en España se puede acreditar contra el erfbelasting holandés. Andalucía ofrece €1.000.000 de franquicia por beneficiario para familiares directos más una reducción del 99%. Se recomienda redactar testamento español ante notario.

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona el Box 3 holandés para propiedades españolas?
Los residentes fiscales neerlandeses deben declarar sus activos mundiales en el Box 3, incluidos los inmuebles españoles a valor de mercado. El tipo efectivo en 2026 es aprox. el 2,18% del valor de mercado (36% × 6,04%). El CDI Países Bajos-España obliga a conceder la exención proporcional (evenredige vrijstelling) sobre la parte atribuible al inmueble español. Esta exención debe solicitarse expresamente en la declaración holandesa. El progressievoorbehoud puede afectar marginalmente al tipo aplicable sobre otros activos neerlandeses.
¿Qué tipo de IRNR pagan los no residentes neerlandeses en España?
El 19% (tipo UE/EEE). Para propiedades no alquiladas: 19% sobre renta imputada (1,1% o 2% del valor catastral). Para alquileres: 19% sobre el beneficio neto tras deducir gastos permitidos (intereses, IBI, comunidad, seguros, mantenimiento, amortización). La deducción de gastos no está disponible para no residentes no comunitarios como los británicos.
¿Existe riesgo cambiario para compradores neerlandeses?
No. Los Países Bajos y España usan el euro, por lo que no existe exposición a tipo de cambio en ningún momento de la compra, titularidad ni venta.
¿Necesito testamento español como comprador neerlandés?
Sí, se recomienda encarecidamente. El Reglamento europeo de sucesiones 650/2012 permite elegir la ley neerlandesa para regir la sucesión. Sin embargo, un testamento español otorgado ante notario y registrado en España garantiza una administración eficiente del patrimonio español sin necesidad de que los albaceas neerlandeses gestionen un proceso sucesorio completo en España.

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