Esta guía está redactada para ciudadanos ucranianos que consideran adquirir propiedad en la Costa del Sol en 2026. Los compradores ucranianos se enfrentan a consideraciones que difieren significativamente de las de los compradores de la UE: Ucrania no es miembro de la UE ni del EEE, lo que implica el tipo del 24% de IRNR (no residente no comunitario), sin derecho a deducir gastos de alquiler, y la regla Schengen de 90 días para las visitas. También existe una propuesta legislativa española — aún no aprobada como ley en el momento de redacción — que establecería un recargo del 100% adicional en las compras de inmuebles por no residentes no comunitarios.
El recargo propuesto del 100% para compradores no comunitarios — estado actual
El Gobierno español presentó en el Parlamento a principios de 2025 un proyecto de ley para establecer un recargo del 100% sobre el ITP aplicable a las compras de segunda mano por no residentes no comunitarios. En el momento de redacción de esta guía, la propuesta no se ha convertido en ley. El Gobierno español no cuenta con mayoría parlamentaria absoluta y la oposición política significativa hace incierta su aprobación. La propuesta está dirigida a inmuebles de segunda mano; las compras sobre plano (que tributan por IVA en lugar de ITP) parecen quedar fuera de su ámbito. Los compradores con residencia legal española — incluidos los ucranianos con protección temporal — podrían quedar fuera de la categoría de no residentes a la que se dirige la propuesta. En este ámbito, el asesoramiento jurídico independiente en el momento de la compra es esencial.
Tipo de IRNR del 24% — estatus no comunitario
Ucrania no es miembro de la UE ni del EEE. Los ciudadanos ucranianos que no son residentes fiscales en España pagan el IRNR al 24% (tipo no comunitario). Para propiedades no alquiladas: renta imputada del 1,1% o 2% del valor catastral × 24%, Modelo 210 anual. Para alquileres: el 24% sobre los ingresos brutos sin deducción de gastos.
Protección temporal para ucranianos en España
Como resultado de la invasión rusa de Ucrania en febrero de 2022, España activó la Directiva de Protección Temporal. En el momento de redacción, la protección temporal en España para ciudadanos ucranianos está vigente hasta al menos marzo de 2027. Esta condición otorga derecho de residencia legal, trabajo y acceso a servicios públicos. Un ucraniano con protección temporal válida en España es residente legal, lo que puede afectar al tipo de IRNR aplicable y potencialmente excluirle del ámbito del recargo propuesto.
Preguntas frecuentes
¿Pueden los ciudadanos ucranianos comprar propiedad en España?
¿Se ha aprobado el recargo propuesto del 100% para compradores no comunitarios?
¿Qué tipo de IRNR aplica a los propietarios ucranianos no residentes en España?
Aviso legal
Esta guía contiene información general basada en las condiciones vigentes en 2026. El estado legislativo del recargo propuesto para compradores no comunitarios puede haber cambiado desde la redacción. La información proporcionada es meramente orientativa y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal, migratorio ni financiero. Los compradores ucranianos deben contratar asesoría jurídica española independiente con experiencia en compras de no comunitarios antes de firmar cualquier contrato.
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